Pensión por Invalidez
Todo miembro del PLAN tiene derecho a solicitar pensión por invalidez, siempre que tenga un mínimo de 10 años de labores, y demuestre fehacientemente por medio de certificación extendida por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, o por dos médicos especialistas en la materia, que se encuentra incapacitado total y permanentemente para desempeñar sus actividades laborales, con motivo de padecer enfermedad física o mental.